<%@LANGUAGE="JAVASCRIPT" CODEPAGE="1252"%> La Corte de La Haya estableció que Uruguay violó el tratado del Río Uruguay

La Corte de La Haya estableció que Uruguay violó el tratado del Río Uruguay

No contamina

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La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya consideró hoy que Uruguay "no respetó" el Estatuto del Río Uruguay al no informar a la Argentina y a la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) sobre el proyecto para que se instale la papelera Botnia.

"La Corte considera que el Estado que proyecta las actividades debe informar a la CARU no bien cuenta con un proyecto lo suficientemente armado, para que la CARU pueda determinar si causará un daño a la otra parte", dijo el vicepresidente de la CIJ, el eslovaco Peter Tomka.

Para la CIJ, era "indispensable" que Montevideo diera cuenta a Buenos Aires y a la CARU de la autorización para que Botnia comenzara a funcionar, y, al no hacerlo, "no respetó el artículo 7 del Estatuto de 1975", que imponía esa obligación.

Afirmó que Uruguay "no tenía derecho" a "autorizar la construcción ni a construir" las papeleras en el rio fronterizo, mientras no concluyera una etapa de negociaciones con Argentina.

"Uruguay no tenía derecho durante todo el período de consulta y negociaciones" con Argentina, sostuvo, "ni a autorizar la construcción ni a construir las papeleras, ni la terminal portuaria", manifestó, ya que esto contradice el Estatuto del Río de 1975.

También señaló que el Estatuto del Río Uruguay de 1975 "se inscribe perfectamente en el marco del derecho internacional".

La Corte Internacional de Justicia de La Haya estableció que la contaminación sonora y visual que Argentina alegó contra Uruguay por la instalación de la pastera UPM (ex Botnia) "no está recubierta" por Estatuto del río fronterizo.

"Contrariamente a lo que afirma Argentina esta contaminación sonora y visual no esta recubierta" en el Estatuto del Río Uruguay, sostuvo el vicepresidente de la Corte, Peter Tomka, tras lo cual ratificó que "ningún artículo aborda malos olores", que alegó la parte demandante.

"En consecuencia la demanda relativa a los malos olores e impacto sobre el turismo", sostuvo, "no es competencia de esta Corte".

Afirmó que Uruguay "no tenía derecho" a "autorizar la construcción ni a construir" las papeleras en el rio fronterizo, mientras no concluyera una etapa de negociaciones con Argentina

Fuente: Diario La Prensa

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