Argentina
puso en vigor a partir del 21 de julio y hasta el 31 de diciembre
más límites de exportación para
especies de río, después de declararse en estado
de emergencia la actividad de pesca en estas corrientes fluviales.
Un decreto sobre el particular publicado el 29 de julio precisa
que la medida incluye a determinadas especies de sábalo,
surubí, tararira y boga, con el objetivo de lograr su recuperación.
La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura evaluará periódicamente
el estado de los recursos involucrados en la disposición
y recomendará la extensión de los cupos de exportación
a otorgar, a fin de coadyuvar a la preservación del estado
del recurso, puntualiza.
En julio de 2009 se dispuso una limitación a las exportaciones
de las especies provenientes de la Cuenca Parano-Platense (Ríos
de la Plata, Uruguay y Paraná), vigente hasta el 31 de diciembre
de 2010.
Los últimos estudios de la Comisión de Pesca Continental
y Acuicultura del Consejo Federal Agropecuario demuestran que la
especie sábalo, como también sus principales acompañantes,
se mantienen en un estado sostenible, señala el decreto
en sus considerandos. Sin embargo -agrega- ello no resulta suficiente,
por lo cual entiende que la política de tutela de los recursos
involucrados debe mantenerse sobre la misma base, la que resulta
científica y técnicamente eficiente para preservarlos
y dar continuidad a la actividad.
Fuente: PL- UVM / Fundación NuestroMar
21/07/11
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